73 personas detenidas en Centros de Internamiento de Inmigrantes en Bialystok, Biala Podlaska, Przemysl and Leszowola decidieron comenzar una huelga de hambre conjunta. Esta no es la primera protesta de refugiadxs detenidxs, pero sí es la primera vez que la información de una huelga se hace pública. En el pasado, habían puesto a lxs huelguista en aislamiento y lxs castigaban de diversas maneras sin que fuera de estos centros se supiera nada.
Las demandas de lxs detenidxs incluyen: el derecho a la información en el idioma que comprendan, el derecho a ponerse en contacto con el mundo exterior, el derecho a una asistencia médica adecuada, la educación para lxs menores detenidxs, el respeto a los derecho del menor, la mejora de las condiciones sociales en los centros de internamiento, el fin del abuso y exceso de violencia y el fin de la criminalización de lxs detenidxs.
Lxs refugiadxs decidieron hacer huelga conjunta en todos los centros de internamiento de Polonia con la esperanza de que su voz ni la ignoren ni la sofoquen las autoridades de esos centros.
En agosto de 2008, 21 georgianos en Biala Podlaska protestaron contra los procesos eternos. En 2010, 37 refugiados del centro de Internamiento de Inmigrantes de Przeysl realizaron una huelga de hambre exigiendo la mejora de las condiciones en los centro, así como acceso a asistencia sanitaria. En diciembre de 2009, un grupo de 200 chechenxs y georgianxs fueron a Estrasburgo en tren, sede de la Comisión europea y del Parlamento europea. Querían protestar contra la política de refugiados de la UE. Colgaron pancartas desde las ventanillas del tren indicando que lxs refugiadxs huían del “acoso” y exigían “ayuda” y reconocimiento como “seres humanos”. Sin embargo, les pararon en la frontera germanopolaca. A parte de estos ejemplos, se han seguido incesantemente huelgas individuales en los centros de internamiento de inmigrantes. Las protestas las acallan y los guardas de los centros las sofocan brutalmente.
Cuando lxs detenidxs decidieron protestar en forma de huelga en los Centros de Internamiento de Inmigrantes polacos, distribuyeron sus demandas para anunciarlas:
“Exigimos:
Derecho a la información en un idioma que comprendamos y de forma clara, información de las acciones que se realizan y las decisiones que se toman en relación a nuestra detención en cualquier centro de internamiento, incluyendo información sobre la posibilidad de apelar para levantar el internamiento de una persona en el centro. Es nuestro derecho según los artículos 89b y 89c de la Ley de Protección de Extranjeros
En realidad, se traducen los veredictos y las instrucciones, pero no la argumentación del veredicto, lo que en la práctica dificulta la presentación de una apelación y nos impide usar la ley en nuestra defensa. A menudo, hasta el tiempo para mirar las regulaciones del centro es limitado. Además, es raro recibir la ayuda de un intérprete profesional cuando llegas al centro de internamiento, cuando vas al médico o ves al psicólogo.
Derecho a contactar al mundo extramuros, tanto para asuntos privados como oficiales, y contactar oganizaciones no gubernamentales e internacionales que ayudan a extranjeros (artículo 89a de la Ley de Protección de Extranjeros). Además, los Centros de Internamiento de Extranjeros carecen de acceso a guías telefónicas o internet, lo que nos obstaculiza el escribir peticiones.
Derecho a una asistencia médica adecuada, revisiones especializadas, atención psicológica, presencia de un(a) intérprete en las revisiones y protocolos en las instalaciones sanitarias.
Derecho a la educación, que garantizan a todo el mundo el Artículo 70 de la Constitución polaca y el artículo una de la Ley de Educación. Todas las personas menores de 18 años están obligadas a estudiar en el colegio. Todxs lxs niñxs en el territorio polaco están obligadxs a recibir una educación formal hasta que se gradúen en la educación secundaria, sea cual sea su estatus legar, inmigrantes ilegales incluidxs. En realidad, el derecho a la educación en las instalaciones de los Centros de Internamiento de Inmigrantes es una ilusión. Estos locales no facilitan educación ni a adultxs ni a niñxs tal y como indica la Ley de Educación.
Respeto a los derechos del menor. El internamiento es especialmente nocivo para lxs nixs u los Centros de Internamiento de Inmigrantes están organizados a través de normas similares a las de prisión: tanto adultxs como menores son tratadxs como criminales convictxs. Lxs detenidxs no disfrutan más que de un pobre sustituto de la libertad, en forma de salidas temporales a un patio cerrado. Las condiciones en las que permanece lxs extranjerxs dentro de los centros de internamiento, infringen el Artículo 3 del Tratado europeo sobre Derechos Humanos en lo relativo a lxs menores, así como el Tratado Internacional de los Derechos del Niño en lo relativo al desarrollo, el derecho a la libertad, la asistencia sanitaria, el descanso y el tiempo libre. Exigimos que pongan freno a la práctica de detención de menores.
Mejora de las condiciones sociales en los Centros de Internamiento de Inmigrantes. Exigimos que se respeten nuestras costumbres, creencias e identidades culturales y exigimos condiciones que nos permitan evitar sentirnos degradadxs y discriminadxs. Queremos que se reconozcan nuestras distinciones de la comunidad local.
Fin del abuso. Cada día, ocurren abusos en casi todos los Centros de Internamiento de Inmigrantes. Violencia psicológica y chantajes contra nosotrxs como procedimientos habituales. Hay casos de violencia física, así como de acoso sexual contra mujeres. Se dan castigos desproporcionados cuando se rompe una regla; es fácil que te manden a una celda de aislamiento, incluso por una nimiedad; otras sanciones incluyen la retirada del colchón durante un día, confiscación del teléfono móvil…
Ni siquiera lxs niñxs se salvan del castigo. Cuando lxs niñxs en uno de los centros rompen un juguete, se les prohibe usar la habitación de juegos, el único espacio agradable, durante una quincena. El personal de los Centros de Internamiento de Inmigrantes se aprovecha del hecho de que no llega fuera la información de lo que pasa dentro. Las víctimas, silenciadas por la ansiedad de una resolución desfavorable o la represión, tienen miedo de hablar del abuso que han vivido.
Fin de la criminalización. Según las regulaciones, no estamos detenidxs como castigo, sino para controlar nuestra localización. No hemos cometido ningún crimen ni somos una amenaza para la seguridad del Estado o sus ciudadanos.
Ninguno de estos espacio cerrado varía mucho de una prisión: ventanas con barrotes, alambres de espino, muros altos y el régimen carcelario, acceso limitado a terapia o educación, todo infringe directamente nuestros derechos básicos y profundizan el trauma que muchxs de nosotrxs vivimos en nuestrxs países de origen. En el Artículo 88 de la Ley de Protección de Extranjeros, un extranjero cuyo estado psicológico o físico indique que ha sufrido violencia, no debería permanecer en internamiento. En realidad, el estado de nuestra salud mental nunca se comprueba bien y en todos los Centros de Internamiento de Inmigrantes hay personas (niñxs incluidxs) que padecen de trastorno de estrés postraumático.”
(…)
Grupo de Apoyo a Refugiadxs en Lucha
Número de teléfono: +48 506 778 918