[Estado Italiano] Sentencia de apelación del proceso Brennero

Traducción recibida el 19/03/2023:

El 17 de marzo, en el tribunal de Bolzano, ha sido emitida la sentencia de apelación del proceso por la manifestación contra las fronteras de mayo del 2016 en el Brennero.

Si ha habido una baja general de las condenas (de 150 a 123 años en conjunto, con 8 absoluciones por prescripción del delito), el balance de todas formas es pesado (tengamos presente que el proceso era abreviado [1]. 28 entre compañeras y compañeros han recibido condenas por encima de los 2 años, mientras que 5 compañeros han recibido más de 4 años (la condena más alta ha sido de 5 años y 1 mes de cárcel) por resistencia agravada, violencia privada, lesiones etc. No se ha sostenido, como ya anteriormente en el primer grado, la acusación de devastación y saqueo.

Otro elemento significativo es que el juez ha negado a todas y todos aquellos que han hecho solicitud la posibilidad de acceder a la llamada reforma Cartabia. La fecha de la sentencia había sido reenviada formalmente para consentir a los imputados y imputadas de recurrir a la nueva ley, la solicitud de acceder a sido negada con la excusa de los antecedentes penales y de la «peligrosidad social» de imputadas y imputados. Pero hay un dato todavía más emblemático: el argumento principal para la negativa de las «condenas sustitutivas» ha sido la falta de abjuración de las propias conductas por parte de los imputados, la naturaleza cada vez más abiertamente premial de las sentencias no vale solo para la magistratura de vigilancia, sino también para los tribunales ordinarios. A hacer la diferencia sobre el tipo de condena no es tanto el delito en si, sino el «arrepentimiento» o no del acusado.

Para más de 30 imputados y imputadas, entonces, podría abrirse en el futuro las puertas de la cárcel.

Esta sentencia hace alargar la violencia estructural del razismo de Estado, aquel conjunto de leyes, prácticas neocoloniales, detención administrativa y dispositivos policiales que producen masacres, muertos en serie y una humanidad obligada en condiciones de casi-esclavitud. Desde las recogidas en los campos a los tantos sectores de la «economía informal», desde la extorsión del permiso de residencia que pesa sobre la logística. Sobre la construcción, sobre la restauración, sobre los «trabajos de ayuda»… Al grande mercado de los alquileres en negro, el terror ejercitado por las fronteras es parte estratégica cuanto innominable de la explotación capitalistica.

123 años de cárcel por una manifestación nos dicen en modo plateal que estamos en guerra, que los márgenes del desacuerdo consentido se restringen y que el conflicto no negociado es una deserción del frente de castigar de forma ejemplar.

El muro inmigración en el Brennero – que la policia austriaca había definido una mera «solución técnica»… – no ha sido construido. Igual gracias a quién aquel 7 de mayo 2016 se había batido con generosidad y coraje.

Solidaridad a las compañeras y a los compañeros condenados.

Fuente:
//ilrovescio.info/2023/03/19/sentenza-dappello-del-processo-brennero/

Nota:
[1] rito jurídico que prevé algunos contras para el acusado, como por ejemplo que la sentencia no puede ser recurrida, el abogado de la defensa no puede presentar ulteriores pruebas cuando empieza el juicio, etc, etc. También prevé una reducción de la condena de 1/3 automáticamente o que el juicio se haga en breve tiempo sin esperar tiempos bíblicos quizás dentro de la prisión.