Recibido el 24/11/2022:
En estos días han salido las motivaciones de la Casación respecto a la prisión preventiva de la operación Sibilla. Recordemos brevemente los hechos. En septiembre de 2021, después de años de investigaciones realizadas por los jefes del Reagrupamiento Operaciones Especiales de los Carabinieri de Milán y Perugia, venia solicitado por la fiscalia de Perugia el arresto de siete compañeros y de una compañera. Esta ordenanza fue rechazada parcialmente y redimensionada por el juez de instrucción. El 11 de noviembre, venían asi efectuadas por el ROS de los Carabinieri decenas de registros, notificada la investigación Sibilla sobre una quincena de anarquistas, impuestas seis medidas cautelares en relación a la acusación de incitación a delinquir con el agravante de la finalidad de terrorismo: una orden de captura en la cárcel contra Alfredo Cospito (en la época ya recluido en la prisión de Terni); el arresto domiciliario con todas las restricciones para un anarquista de Spoleto; finalmente, la obligación de permanecer en el municipio de residencia combinado con la obligación de firmar tres días a la semana para cuatro compañeros. El mismo día de la operación, también se cerraron dos sitios web, roundrobin.info y malacoda.noblogs.org. Durante los registros, venían secuestrados todos los ejemplares encontrados del periódico anarquista «Vetriolo» y de los libros ¿Qué internacional? y Mi querido patrón, mañana te disparo publicados por las Edizioni Monte Bove.
Solo cinco semanas después, el tribunal de revisión de Perugia revocaba la orden de arresto, básicamente desechando la investigación. Contra esta sentencia interpuso recurso la fiscal Manuela Comodi en Casación, obteniendo, contra el mismo dictamen del Procurador General, la reposición de la investigación. Con un cierto retardo han llegado las motivaciones de esta decisión. Desafortunadamente, el alargarse en tecnicismos esta vez es necesario para comprender los saltos acrobáticos con los cuales la magistratura italiana intenta mantener en pie la Operación Sibilla y con ella, probablemente, la infame decisión de encerrar a nuestro compañero Alfredo Cospito en el 41bis. De hecho, la Casación ha considerado que en la sentencia del tribunal de la libertad de Perugia había un pasaje de los motivos en los que no venia suficientemente argumentada la posición de la acusación. Este pasaje se refiere, mira por donde, propio a un artículo de Alfredo en «Vetriolo», despues retomado en ¿Qué internacional? Por lo tanto, la sentencia con la cual hemos sido exonerados viene anulada y se ordena una nueva revisión para abordar el punto en cuestión de manera más exauriente. Se trata, por lo tanto, de una sentencia abierta que no excluye una nueva «absolución», sino que se limita a pedir que vengan mas claramente destacados los aspectos que considera controvertidos.
Tomamos la palabra porque queremos desenmascarar la lógica política que subyace en este asunto. Esta investigación tiene su propio rol en la disposición del 41bis contra nuestro compañero. Afirmando que Alfredo «instigaba» desde la prisión a cometer acciones revolucionarias, esta constituye una buena razón para sostener la necesidad de impedirle cualquier comunicación con el exterior. Nos asumimos la responsabilidad de denunciar con firmeza cuanto a nuestro entender ha sucedido. Es evidente que la Casación haya recibido solicitaciones adecuadas para que la operación Sibilla se mantuviera en vida, aunque si en cuidados intensivos. Una decisión tomada más allá de las solicitudes del Ministerio Público, la demora en las motivaciones, la engañosidad de las mismas, todo esto nos habla de la necesidad de mantener en pie, auque si escalando en espejos, una acusación especifica de instigación en el confronto de Alfredo.
El 1 de diciembre se realizará una audiencia para confirmar o no la aplicación del 41bis en el confronto de nuestro compañero para los próximos cuatro años. Ese día los verdugos del Estado podrán presentarse en la sala del tribunal agitando también esta acusación. Que quede claro, públicamente, cuanto esta sea tambaleante (aplazamiento por defecto de motivación de la sentencia de nulidad sobre un singular especifico artículo publicado en un diario anarquista), pero que puede convertirse, junto a otros, en un motivo más para mantener a Alfredo en un régimen de aniquilamiento y por lo tanto de condenarlo a muerte.
Alfredo, de hecho, ha emprendido una lucha muy dura que no deja espacio a las acrobacias judiciales. Ante la perspectiva de pasar toda su vida en el 41bis, ha preferido, con la coherencia y la determinación de siempre, jugarse la propia vida en una huelga de hambre hasta el final. Por un lado, vuestros bizantinismos con los cuales disponeis investigaciones y cárcel, por otro lado, la linealidad, orgullosa e inequívoca, del anarquismo. Así como los compañeros y la compañera que se han sumado a la huelga de hambre están demostrando el sentido más profundo de la palabra solidaridad. En nuestro pequeño, nosotros también ponemos la cara y os prometemos que no dejaremos bajo el silencio lo que estáis haciendo.
Adriano, Federica, Francesco, Matteo, Michele, Paolo, Sara
Fuente:
//fuoridallariserva.noblogs.org/post/2022/11/24/inchiesta-sibilla-e-41bis-allanarchico-alfredo-cospito-presa-di-posizione-di-alcuni-indagati/