Recibido el 01/11/2022:
En términos concretos, la situación de nuestro compañero no ha cambiado mucho. He aquí un resumen de las pocas novedades desde el último comunicado aparecido en Internet el pasado mes de abril.
Hasta ahora siempre hemos dicho que jurídicamente uno de los problemas a resolver tiene que ver con una confusión deliberada en la aplicación de un Código Penal concreto. El de 1973 (que corresponde a una condena de 30 años con la aplicación de las distintas redenciones acumuladas en estas décadas), vigente al momento de la condena por los hechos del año 1990. O el código de 1995 (que corresponde a una condena de 20 años sin la aplicación de las citadas redenciones), evidentemente más favorable en términos de cálculo.
Recordamos que, teóricamente, siempre deben aplicar el C.P. más favorable, pero sabemos que el «siempre» varía según quién seas… Gabriel sigue siendo quien es y su determinación, constancia y claridad ciertamente no juegan a su favor en relación al tiempo. En todo caso, C.P. del 1973 o del 1995, ya debieron dejarlo en libertad porque lleva muchos años de más detenido.
Con una lentitud de tiempos bíblicos, el 5 de julio llegó la buena noticia: su sentencia puede ser recalculada a 20 años (deberían devolverle muchos años de vida). Como siempre, las cosas no son fáciles, ya los tiempos de la justicia estatal son fisiológicamente largos y hay que sumar los tiempos de la venganza política. Dicho, hecho: esta buena noticia en realidad corresponde al pronunciamiento del Fiscal pero la última palabra corresponde al juez que sólo tiene que confirmar lo dicho por su colega y luego presentar el nuevo cómputo a los demás tribunales competentes. No es difícil imaginar cómo este juez se está tomando todo el tiempo que puede (no tiene un plazo formal) y que no ha comunicado nada hasta el momento. No es de extrañar: ¡si hubieran querido aplicar su propia ley Gabriel ya estaría libre!
¿Cómo sorprendernos también de que el pasado 6 de julio, al día siguiente de esta buena noticia, el procedimiento italiano «Scripta Manent» (os invitamos a leer más información «online») acabara con sentencias desorbitadas contra varios Compañeros? Gabriel Pombo Da Silva: ¡2 años por instigación al delito! Se trata de una sentencia definitiva sin posibilidad de recurso y que, de momento, aún no ha llegado al Estado español en forma de OEDE (Orden Europea de Detención y Entrega)…cuya emisión en Italia es discrecional (un libre albedrío completamente legal para sentencias de 1 a 4 años). Ergo: otro limbo legal más. A pesar de este cuadro represivo, Gabriel está bien y sigue manteniéndose en forma física y mentalmente, siempre desde el lado de quien lucha con dignidad sin venderse al enemigo. Pueden pasar meses o incluso años antes de que volvamos a ver a nuestro compañero en libertad.
Es importante seguir mostrando nuestra solidaridad con hechos.
¡Libertad para Gabriel Pombo Da Silva!
¡Libertad para todos!